martes, 21 de febrero de 2017

Los once mandamientos para un alcalde y el concilio Municipal que no se realizan Passaic

  • Passaic, New Jersey.- La ciudad de Passaic, en un poco mas  de noventa días se realizaran las elecciones Municipales, en la que se elegirán el alcalde y algunos consejales, los cuales representan el poder jurídico de la ciudad, fundamental la principal tareas  de un alcalde y el equipo de consejales.
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  • Las funciones básicamente del alcalde es defender y proteger a sus congéneres, cosa esta que por los últimos veinte años no a venido sucediendo en esta ciudad.
La ciudad de Passaic, a estado plagada de delitos de corrupción por  de más dos décadas ya que tres de los últimos cuatros alcaldes que se han elegido en esa dos décadas han salido del ayuntamiento preso por corrupción, según los informes de conocimiento público registrados por la FBI.
  • Aunque críticas se han suscitado entorno a el puesto de los alcaldes en la ciudad de Passaic, no a quedado claro cuales son sus funciones en la alcaldía, la cuales deberían ser de de conocimiento publico y especialmente para el electorado o sea las personas que le dan el beneficio de elegirlo a esa función.

  • Sin embargo, la mayoría de los políticos elegidos para esa posición desconocen su verdadera labor edilicia, creándole de esta manera un estancamiento en las normas y reglas de esta ciudad y que se podría interpretar en algunos casos como una muestra de desconocimiento institucional.
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  • En un trabajo de investigación realizado por la redacción de ardeymas.com, hemos querido llevarle al elector lo que podemos considerar como los 11 mandamientos de un alcalde y su concilio, es de aquí la importancia de que el elector sepa las funciones de cada uno de sus candidato.

  • A continuación, detallamos las funciones principales de un funcionario edilicio:
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  • 1. El órgano ejecutivo del gobierno local, liderado por el Alcalde, actúa como el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa.

  • 2. El Alcalde debe convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Concejo Municipal, según la ley Orgánica de Municipalidades. 
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  • 3. Tiene la responsabilidad de ejecutar todos los acuerdos que se realicen frente al Concejo Municipal.

  • 4. Debe proponer al Concejo Municipal distintos proyectos de ordenanzas y acuerdos, para mejorar la calidad de su localidad.
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  • 5. Todas las ordenanzas deben ser promulgadas por el Alcalde, quien además, debe disponer de su publicación.

  • 6. Dirige la formación y somete a aprobación del Concejo Municipal el plan integral de desarrollo sostenible local, al igual que el programa de inversiones.
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  • 7. Está encargado de aprobar el presupuesto de su Municipalidad, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe.
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  • 8. Tiene por obligación defender y cautelar todos los derechos e intereses de la Municipalidad y sus vecinos.

  • 9. Debe llevar a cabo los actos, contratos y convenios necesarios para el correcto ejercicio de todas las funciones de la Municipalidad.

  • 10. Propone al Concejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias.

  • 11. Tiene que resolver, en última instancia administrativa, los asuntos de su competencia, de acuerdo con el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad.
 

Saluditos para Ardeymas.com

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